Claudia Bolaños
El amparo promovido por la organización
México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), por cinco artículos de la Ley de la Guardia Nacional (GN), que “invaden las competencias de los estados y municipios, y los subordina al Poder Ejecutivo Federal”, podría ser negado.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf propondrá al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negar ese amparo.
La organización pidió que se declaren inconstitucionales los artículos 88, 89, 90, 91 y 92, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de mayo de 2019.
Esos artículos facultan a la Guardia Nacional para participar con las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas o de los municipios para la realización de operaciones coordinadas; la autorizan para celebrar convenios de colaboración, a fin de realizar acciones continuas en materia de seguridad pública por un tiempo determinado.
También se establece que los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para la operación de la Guardia Nacional estarán a cargo de la Federación y que, excepcionalmente, los convenios de colaboración contendrán las aportaciones que, en su caso, deban efectuar las autoridades locales, cuando aquella realice tareas de seguridad pública de competencia local.
Loretta Ortiz mencionó que la colaboración y coordinación regulada en los preceptos reclamados, no implica la pérdida de atribuciones por parte de las entidades federativas ni municipios, sino una armonía organizada de sus facultades, con el objeto fundamental de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
“De esta manera dichos convenios administrativos celebrados por autoridades que cuentan con competencia concurrente en materia de seguridad pública se pueden considerar como mecanismos de coordinación a fin de evitar dispersión y desarticulación normativa mediante acciones contradictorias, pero, sobre todo, con el propósito de cumplir con los fines constitucionales en materia de seguridad pública descritos en el mencionado artículo 21”, detalla.
La ministra agrega que se considera que la coordinación y colaboración a la que se refieren los artículos reclamados no se deben entender en términos centralistas sino en el sentido de que corresponde a los tres niveles de gobierno celebrar los convenios correspondientes a fin de brindar una seguridad pública eficiente en beneficio de la sociedad.