Nayeli de León
De acuerdo con el Artículo 61 de la Ley para el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas, se considera actos de crueldad y maltrato aquellos que se realizan por omisión inexcusable o de manera deliberada e intencional en perjuicio de cualquier animal, perpetrados por sus propietarios, poseedores, tenedores, encargados o terceros que entren en relación con ellos y serán:
El sacrificio de animales, cualquier mutilación y todo hecho, acto u omisión que pueda causar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida o que afecte el bienestar animal; torturar o maltratar a un animal, no brindarle atención, toda privación de aire, agua, luz, alimento y agua así como el abandono de los mismos.
Al respecto, Moisés Cortés Solís, titular de la Policía Ambiental en Zacatecas informó que, al no acatar las recomendaciones emitidas por autoridad, tales como el cuidado adecuado de mascotas, retiro voluntario de la responsabilidad del cuidado de éstos ante la falta de tiempo o bien negligencia, se levantará un acta administrativa para posteriormente dar parte a un juez comunitario, quien dictará la sanción correspondiente en cuanto a la gravedad del maltrato.
Mencionó que durante los nueve meses de funcionalidad de la Policía Ambiental, el registro de casos de abandono animal permanece como “regular” sin incremento hasta el momento; sin embargo, asegura que de dos meses a la fecha, el abandono al interior de los hogares tuvo un incremento considerable.
En casos de abandono total dentro de los hogares, personal de la Policía Ambiental es encargado de realizar el rescate y canalizar a los animales al Centro de Control Canino y Felino (CACF), donde quedan a disposición para adopción, asimismo, en algunos casos tienen contacto con asociaciones de la sociedad civil encargadas de la procuración y bienestar animal.
Enfatizó que la denuncia formal en la Fiscalía del Estado es de suma importancia para llevar a cabo acciones de carácter jurídico que implican la sanción a quienes incurran en actos de maltrato hacia mascotas.
Finalmente, agregó que la Policía Ambiental no es investigadora, es decir, únicamente atiende casos que ocurran en flagrancia.