Por Janeth Morales
Los diputados y diputadas de distintas comisiones presentaron un decreto por el que se reforman, derogan y adicionan artículos a la Ley del Código Familiar para la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, así como la libertad para que los padres y madres elijan el orden de los apellidos de sus hijos e hijas.
Durante la lectura al documento, la diputada presidenta de la Comisión de Justicia, Navidad de Jesús Rayas Ochoa mencionó que el registro contendrá: nombre completo, Registro Federal de Contribuyentes y Clave Única de Registro de Población del deudor alimentario moroso.
En la exposición de motivos, se dijo que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), tres de cada cuatro hijos e hijas de matrimonios separados, no reciben pensión alimenticia.
Para hacer frente a esta problemática y garantizar que se paguen las deudas alimentarias de acuerdo a lo que señala la ley, se espera la aprobación de esta reforma.
Con este proyecto de decreto también se busca reformar el Artículo 37 del código familia para que los padres y madres puedan elegir el orden de los apellidos y no sea el orden legal actualmente vigente.
En esta última, se expuso que el hecho de que legalmente vaya primero el apellido paterno y luego el materno, constituye una falta al principio de igualdad de derechos que ambos tienen, tal como lo señala la ley.
De aprobarse este decreto, entraría en vigor en enero de 2022, debido a que no se presupuestó para este 2021. Quienes dictaminaron y firmaron este decreto colectivo son: Por parte de la Comisión de Justicia, la diputada presidenta, María Navidad de Jesús Rayas Ochoa, la diputada Guadalupe Martínez Delgado y la legisladora Susana Rodríguez Márquez.
Por parte de la Comisión de la Niñez, Juventud y Familia, la diputada presidenta, Carolina Dávila Ramírez, la diputada Mónica Borrego Estrada y el legislador Édgar Viramontes Cárdenas.
De la Comisión de Atención a Migrantes, el diputado presidente, Felipe de Jesús Delgado de la Torre, la diputada Lizbeth Márquez Álvarez y la legisladora Emma Lizbeth López Murillo.
Para que pueda existir el registro de deudores, se harán inscripciones en el Artículo 267 del código familiar.