Por Janeth Morales
En 2021, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ) inició 122 carpetas de investigación por el delito de acoso sexual, previsto por el Artículo 233 del Código Penal para el Estado de Zacatecas.
Según el informe otorgado por dicha institución, se cuenta con un registro de 23 personas detenidas por su probable participación en el delito de acoso sexual.
Además se dio a conocer que próximamente serán remitidas a juicio 7 carpetas que se encuentran judicializadas.
De acuerdo con el Artículo 184 del Código Penal, la pena será prisión de tres a cinco meses o multa de seis a diez meses, “al que solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante”.
Asimismo, indica que será sujeto de prisión de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses en caso de que “el culpable de acoso hubiera cometido el hecho prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con legítimas expectativas que aquella pueda tener en el ámbito de la indicada relación”.
Según dicho artículo, el castigo, como autor de acoso sexual cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación, la pena será de prisión de cinco a siete meses de multa o de 10 a 14 meses en los supuestos previstos en el primer apartado y de seis meses a un año en los supuestos previstos en el apartado anterior inmediato.